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Endurecen sanciones contra servicios de seguridad privada irregulares en Chiapas

La medida busca brindar mayor certeza a la ciudadanía y fortalecer la regulación de un sector en constante crecimiento.

Estados | 29/10/2026| 18:06
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Las personas o empresas que presten servicios de seguridad privada sin contar con la autorización correspondiente en Chiapas podrán enfrentar penas de tres a cinco años de prisión, luego de la aprobación de reformas al Código Penal del Estado que buscan combatir la operación irregular de este sector.

La modificación legal incorpora el artículo 411 Bis, mediante el cual se establecen sanciones para quienes oferten, comercialicen o proporcionen servicios de seguridad privada sin autorización, registro o revalidación vigente emitida por las autoridades competentes.

La medida también contempla castigos para quienes utilicen uniformes, insignias, emblemas o cualquier otro distintivo que pueda confundirse con los utilizados por corporaciones de seguridad pública, una práctica que además de generar confusión entre la población puede ser utilizada para cometer actos ilícitos.

El objetivo es cerrar espacios a empresas o agrupaciones que operan fuera de la legalidad y garantizar que quienes contraten servicios de vigilancia tengan la certeza de que están recurriendo a personal debidamente acreditado y supervisado.

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La reforma cobra relevancia debido al crecimiento que ha registrado el sector de la seguridad privada en los últimos años, impulsado por la demanda de servicios de vigilancia en comercios, empresas, fraccionamientos, instituciones educativas y centros de trabajo.

Con ello, se busca evitar fraudes, abusos y la simulación de funciones propias de las instituciones de seguridad pública por parte de particulares que carecen de permisos para desempeñar estas labores.

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