Grandes multas por transmitir el Mundial 2026
Coparmex Chiapas alertó a empresarios sobre las sanciones económicas y legales que podrían enfrentar si transmiten partidos del Mundial 2026 en establecimientos comerciales sin contar con las licencias correspondientes, incluyendo multas, clausuras y posibles acciones legales.

La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) en Chiapas lanzó una advertencia dirigida al sector empresarial sobre las consecuencias legales y económicas de transmitir partidos del Mundial 2026 sin contar con las licencias correspondientes, una práctica que podría derivar en sanciones significativas.
En este sentido el organismo, señaló que el uso de señales de televisión de paga o plataformas digitales contratadas bajo esquemas domésticos para proyectar los encuentros en bares, restaurantes o cualquier establecimiento abierto al público representa una violación a la Ley Federal del Derecho de Autor, al implicar un aprovechamiento comercial del contenido sin autorización.
En este contexto, recordaron que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) tiene facultades para imponer multas que, dependiendo del caso, pueden ir desde miles hasta cientos de miles de pesos.
Al respecto, el presidente de la Coparmex en el estado, Mtro. Edgar Axel Benítez Aguilar, señaló que las multas pueden alcanzar hasta los 586 mil 500 pesos del IMPI (Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial) y clausuras por transmitir los partidos de la Copa Mundial 2026 sin los permisos y licencias comerciales.
Asimismo, en situaciones específicas, cuando se involucra el uso indebido de marcas o derechos comerciales relacionados con la FIFA, las sanciones pueden escalar a cifras millonarias.
Además de las multas, los negocios infractores podrían enfrentar medidas adicionales como la clausura temporal de sus establecimientos, el decomiso de equipos utilizados para la transmisión e incluso acciones legales por daños y perjuicios promovidas por los titulares de los derechos.
Al respecto, subrayó que uno de los errores más comunes entre los empresarios es creer que basta con contratar un servicio de televisión o streaming para transmitir los partidos al público. Sin embargo, dichas suscripciones están diseñadas únicamente para uso privado, por lo que su exhibición en espacios comerciales requiere una licencia específica.
Asimismo, puntualizó que incluso si no se cobra cover o entrada para ver los encuentros, la transmisión puede considerarse actividad comercial si genera beneficios indirectos, como el incremento en el consumo dentro del establecimiento.
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La advertencia cobra relevancia ante la presencia del Mundial 2026, donde se prevé un incremento en la afluencia a negocios que buscan atraer clientes mediante la proyección de los partidos.
Finalmente, Coparmex en Chiapas hizo un llamado a los empresarios a informarse y cumplir con la normativa vigente, a fin de evitar sanciones que podrían afectar seriamente la viabilidad financiera de sus negocios, reiterando que la prevención y el cumplimiento legal serán clave durante la temporada mundialista.
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