Comunicar, sin vulnerar derechos: Comisión Provisional de Comunicación de Chiapas
En Tuxtla Gutiérrez, la Comisión Provisional de Comunicación interinstitucional del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadano realizó un curso con Profesionales de la Comunicación de Chiapas con el objetivo de actualizar a los profesionales para un ejercicio con apego a las leyes electorales; por ello es importante la capacitación de profesionales a las nuevas reformas con perspectiva de genero.
Esta conferencia llevó el título de “Violencia Política en Razón de Género” esto con el objetivo de actualizarse acerca de las leyes y reglamentos para ejercer el quehacer periodístico
apegado a las lineamientos con perspectiva de género, “Hemos tenido que aprender a mirar desde otro lado la presencia de las mujeres, todo ello en muy poco tiempo por lo que tropezar sería fácil” señaló Lucia Lagunes, expositora de este curso.
Te puede interesar: ¿Cómo llegó la Virgen de Dolores al cenote Chukumaltik? Te contamos su historia
La consejera electoral Helena Margarita Jimenez Martínez, presidenta de la Comisión Provisional de Comunicación Interinstitucional señalo “en esta ocasión vamos a abordar un tema que es de mucha relevancia puesto que vamos a hablar de la libertad de expresión y la violencia política en razón de genero, toda libertad humana no va a ser absoluta, siempre va a haber un limite ahí en cuanto no podamos trastocar una esfera de otro derecho y ambos son de una gran importancia. Tanto la libertad de expresión como garantizar que las mujeres que participan en política puedan hacerlo libres de cualquier tipo de violencia”.
Es por ello que el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana realizo esta actividad, en la que se busca la participación activa de los profesionales de la comunicación quienes desde sus diferentes áreas de trabajo de expertís se puede tener una mejor forma de comunicación sin vulnerar los derechos y evitar con ello acciones involuntarias que trastoquen los derechos de mujeres por desconocimiento.
La violencia política contra las mujeres comprende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer (en razón de género), tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo. La violencia política contra las mujeres puede incluir, entre otras, violencia física, psicológica, simbólica, sexual, patrimonial, económica o feminicida.
En 2012 se comenzó una lucha por que se tipificara este concepto y luego de 40 iniciativas se logro que este concepto de violencia política e razón de genero se reflejara en el diario oficial, y con el paso del tipo este concepto ha ganado mayor relevancia, sin embargo se detallo que esta violencia ejercida ha existido durante años.
Fue el 13 de abril del 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto a través del cual se reformaron y adicionaron disposiciones de diversos ordenamientos, entre ellos, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, Ley General de Partidos Políticos, Ley General en Materia de Delitos Electorales, Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de Responsabilidades Administrativas; con el que se establecieron las previsiones más significativas y sin precedentes en materia de violencia política.
Te puede interesar: