Castigaran severamente los matrimonios de menores
La iniciativa fue aprobada con una amplia mayoría en la Sexagésima Novena Legislatura del estado.


El Congreso del estado de Chiapas aprobó una reforma al Código Penal local para sancionar con penas de hasta 15 años de prisión y multas a quienes obliguen a menores de edad a contraer matrimonio o vivir bajo una relación similar al matrimonio sin su consentimiento. La medida busca erradicar matrimonios forzados y uniones infantiles, prácticas que, en algunos casos, han persistido bajo justificaciones de “usos y costumbres” en comunidades rurales e indígenas.
La iniciativa fue aprobada con una amplia mayoría en la Sexagésima Novena Legislatura del estado, durante sesiones extraordinarias celebradas a finales de enero. Según el dictamen, quienes induzcan, coaccionen, gestionen, soliciten u oferten a una persona menor de 18 años para convivir de manera permanente con otra persona serán sancionados por la ley.
Penas más severas
Las reformas establecen sanciones de 8 a 15 años de cárcel, así como multas que van de mil a 2 mil 500 días de salario mínimo para los responsables de estas prácticas. Además, las penas se incrementan si la víctima pertenece a comunidades indígenas o afromexicanas, grupos donde este tipo de uniones han sido más prevalentes y documentadas.
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Las autoridades legislativas han subrayado que la reforma no está dirigida contra las tradiciones comunitarias en abstracto, sino contra prácticas que vulneran derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes. Durante el debate, docentes y legisladores enfatizaron que ninguna costumbre cultural puede justificar la violación de derechos humanos ni la afectación al interés superior de la niñez.
Respuesta a la realidad
La modificación legal responde también a casos documentados de embarazos en niñas y adolescentes en la entidad, que han sido asociados por expertos con uniones tempranas y cohabitación forzada. Datos locales reflejan que Chiapas cuenta con algunas de las tasas más altas de embarazos en menores de 10 a 17 años en México, exponiendo la urgencia de acciones legales y sociales que protejan a los grupos más vulnerables.


Hasta antes de esta reforma, pese a que el Código Civil de Chiapas ya establecía que el matrimonio solo podía celebrarse entre personas mayores de 18 años, la práctica de uniones informales —sin registro oficial— persistía sin sanción penal efectiva, particularmente en zonas marginadas.
Perspectiva de derechos humanos
Organizaciones civiles y defensoras de derechos de niñas y adolescentes han señalado que los matrimonios infantiles y las cohabitaciones forzadas son formas de violencia estructural que limitan el acceso a la educación, incrementan los riesgos de violencia sexual y obstaculizan el pleno desarrollo de las personas afectadas. Según estos grupos, tipificar estos actos como delito es un paso necesario, aunque solo sea parte de un esfuerzo más amplio de protección y prevención.
Con esta reforma, Chiapas se suma a una tendencia más amplia de reformas jurídicas a nivel local y nacional en México para cerrar vacíos legales que permitían la normalización de prácticas que afectan de manera desproporcionada a menores de edad. El objetivo, señalan legisladores, es enviar un mensaje claro de que la protección de la infancia y la adolescencia es una prioridad que exige sanciones firmes ante cualquier forma de coerción o abuso.




